La Real Federación Española de Fútbol (RFEF) “analizará el proceso realizado por la Comisión Independiente del Mundial” y “dará a conocer las conclusiones en los próximos días” tras las revelaciones de EL MUNDO.
Fuentes oficiales del organismo que preside Rafael Louzán confirman a este diario que se ha acordado revisar todo el proceso después de conocerse que el equipo evaluador de las sedes del Mundial confeccionó un listado en el que aparecía Vigo que fue manipulado 48 horas después para dejar fuera a la ciudad gallega y colar al estadio donostiarra de Anoeta.
La RFEF subraya que “en esta nueva etapa, iniciada seis meses más tarde, se busca la máxima transparencia”, al tiempo que revela que “desde el inicio de la misma se está recopilando toda la documentación para que tanto Valencia como Vigo puedan ser consideradas por FIFA como sedes”.
Explican desde el organismo federativo que “según la información recabada, por el momento se realizaron al menos cinco documentos de baremaciones, considerados como borradores de trabajo no definitivos, que se fueron adaptando de acuerdo a los criterios de FIFA”. “La mayor parte de los miembros y los técnicos que integraron esta Comisión finalizaron su relación laboral con la RFEF al inicio de la nueva Presidencia”, abundan.
Por último, se destaca que “el Gobierno, a través de la llamada ‘Comisión de Supervisión y Normalización del Fútbol español’ validó todo el proceso”.
El Juzgado de lo Penal número 4 de Barcelona ha archivado la querella interpuesta por el empresario Jaume Roures contra el ex presidente del FC Barcelona, Josep Maria Bartomeu, y su mano derecha en el club, Jaume Masferrer, que ocupaba el puesto de director de Presidencia.
Roures argumentó, a raíz del denominado caso Barçagate, que ambos eran responsables de los delitos de injurias y calumnias contra él por haber contratado desde el club azulgrana la empresa I3 Ventures con el objetivo de difamar a los enemigos de la junta directiva en redes sociales.
El magistrado Francesc Calls considera que los hechos denunciados por Roures están prescritos y da carpetazo a una causa que ya fue archivada por el Juzgado de Instrucción número 13 de Barcelona y reabierta posteriormente para que se investigara el delito de injurias. La misma juez que instruye el caso Barçagate ya concluyó que, a su juicio, los hechos no eran constitutivos de delito y subrayó que no existen indicios de que Bartomeu y Masferrer contrataran a I3 Ventures para atacar al empresario audiovisual.
Roures les atribuía, sin embargo, haber estado detrás de las críticas que recibió a través de varias cuentas de Twitter y Facebook creadas por I3 Ventures, que fue la entidad que tenía contratada el Barça para monitorizar las redes sociales y analizar la imagen que se proyectaba en ellas del club, de sus directivos, así como de los jugadores del primer equipo. Las referidas cuentas atribuían a Roures episodios de "evasión fiscal", haber "acogido a etarras en su casa" o haber pagado "20 millones para frenar una investigación por soborno en el caso Fifagate".
La magistrada estimó inicialmente que para acusar a Bartomeu y a su mano derecha hacían falta "hechos inequívocos, concretos, determinados y precisos" y éstos no aparecían en este caso. Ahora el juez ha decidido, sin entrar en el fondo de la cuestión, que los hechos supuestamente delictivos están directamente prescritos.
El entrenador del Real Madrid, Carlo Ancelotti, ha entregado al tribunal que le juzga por dos delitos fiscales un peritaje, al que ha tenido acceso EL MUNDO, que concluye que está siendo víctima de «un juicio completamente sesgado, capcioso e interesado» por parte de la Agencia Tributaria.
Entre los muchos elementos que discute la defensa de Ancelotti al Fisco se halla también la valoración que hace la Hacienda pública de la entrega de un reloj de alta gama al entrenador en el marco de un acuerdo comercial.
Así, Hacienda considera que se incrementó la base imponible del entrenador en 2015 al serle regalado por la firma Cecil Purnell un reloj que valoraba en 250.000 francos suizos -unos 260.000 euros-. El técnico italiano ha encargado un peritaje del reloj a la joyería Chocrón, que estima que el valor real de ese artículo de lujo se sitúa entre 25.000 y 30.000 euros.
El fiscalista que ha elaborado el dictamen técnico de la defensa del italiano, Manuel de Vicente-Tutor, concluye, basándose en ese caso y en muchas otras circunstancias, que las reclamaciones tributarias a Ancelotti nunca debían haberse canalizado a través de la vía penal y que, en todo caso, se deberían haber sustanciado en la contencioso-administrativa.
En lo que respecta al ejercicio 2015, el perito de Ancelotti combate frontalmente la postura del Fisco de que era residente fiscal en España y arguye que lo fue en Reino Unido. «Las autoridades fiscales británicas han confirmado tajantemente la validez de su certificado de residencia, por lo que no habría defraudado cantidad alguna». De ahí que reduzca la cuestión a un simple «conflicto de doble residencia entre España y Reino Unido» que «debe resolverse según las reglas contenidas en el Convenio de Doble Imposición».
Ancelotti, a su llegada a los juzgados.JJ GuillenEFE
También rebate De Vicente-Tutor «la incorrecta calificación jurídica» que la Agencia Tributaria «ha realizado de la renta pagada por el Real Madrid por la cesión de la explotación de los derechos de imagen» y defiende que, en ningún caso, se cometió un delito.
«La existencia de un delito fiscal exige, además de la concurrencia de requisitos de carácter objetivo -perjuicio patrimonial a la Hacienda pública en cuantía superior a 120.000 euros- otros requisitos de carácter subjetivo, 'el ánimo de defraudar' al que es inherente el dolo». Por lo que «quedan despenalizadas aquellas omisiones de pago de deudas tributarias que, aunque superen el umbral legal, no sean dolosas».
No en vano, el perito destaca que el Real Madrid tiene una «experiencia probada en la celebración de este tipo de contratos de cesión de explotación de derechos de imagen» y se trata, por lo tanto, de «una obligación autónoma del Real Madrid el ingresar las retenciones correspondientes a los pagos que realiza». «La diferencia entre lo retenido por el Real Madrid y lo que efectivamente debió retener [...] es un incumplimiento de las obligaciones tributarias que únicamente incumbían al club».
No obstante, la defensa de Ancelotti considera que «los razonamientos» expuestos tanto por su parte como por el Fisco «se encuentran lejos de una interpretación irracional». «Ambas son posiciones que encuentran su fundamento en la ley y la jurisprudencia, por lo que, en todo caso, la disputa debería dirimirse en la vía contencioso-administrativa por tratarse de un contencioso tributario y no de una defraudación tributaria».