Fútbol femenino
Expertos en Derecho Penal dicen que los abogados del presidente suspendido de la RFEF se deberán enfrentar a una instrucción por agresión sexual
“Un beso en la boca no consentido es un delito de agresión sexual”. Esa es la opinión mayoritaria de los especialistas en Derecho Penal consultados por EL MUNDO y el tipo penal al que probablemente va a tener que enfrentarse la defensa de Luis Rubiales el, aunque suspendido, todavía presidente de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF) ante la Audiencia Nacional.
Unificados los delitos sexuales por la Ley del solo sí es sí, la Ley Orgánica 10/22, el gesto en la celebración entre Rubiales y Jenni Hermoso entra dentro del artículo 178 que habla de “cualquier acto que atente contra la libertad sexual de otra persona sin su consentimiento”.
Esa última palabra es la primera y principal clave de la posible defensa de Rubiales. “Creo que pelearán el consentimiento, pero con las imágenes que hay y las palabras de ella diciendo que no hubo…”. Ana Olalde, Profesora de Derecho Penal de la Universidad de San Pablo- CEU deja la frase en el aire consciente de la complicación a la que se enfrentan los letrados de Luis Rubiales.
“Él tenía que pensar que había una relación de amistad y pensaría que contaba con su consentimiento”, apunta también Alicia Gil, Catedrática de Derecho Penal de la UNED, sobre la posible línea de defensa del presidente de la RFEF y añade en su explicación que esa complicidad eliminaría el dolo, o intencionalidad, del beso.
Porque, como recuerda Olalde, los delitos sexuales no se pueden cometer de “manera imprudente” tiene que existir esa intencionalidad. Por lo que Manuel Cancio, Catedrático de Derecho Penal de la Universidad Autónoma de Madrid insiste también en que su defensa se centraría en el dolo: “yo no sabía que eso era delito”.
El abogado penalista, Ignacio Fuster- Fabra, añade otro factor al consentimiento en la defensa de Rubiales que es esa intencionalidad. “Se tiene que ver si es un ánimo sexual o de euforia”, explica y cita algunas sentencias en las que el agresor pudo ver reducida su condena porque no quedó acreditado ese ánimo.
En la sentencia 490/2015 el Tribunal Supremo dice que “los besos, incluso en los labios, no revisten objetiva e inequívocamente este carácter sexual, pues son frecuentes en determinados ámbitos familiares, incluso sociales, sin que necesariamente impliquen un comportamiento lascivo, merecedor de condena penal”. No obstante, la mayoría de expertos aseguran que la jurisprudencia mayoritaria del alto tribunal sí considera un beso en los labios sin consentimiento una agresión sexual.
El gesto agravante
“Le coge de la cabeza y no tiene posibilidad de zafarse”, así describen los especialistas en Derecho Penal consultados la principal complicación por el “piquito” a la que se enfrenta Luis Rubiales. “El problema es si ese gesto se interpreta como violencia”, apunta Gil sobre el momento del escenario durante la entrega de medallas.
La mayoría de los expertos explican que la defensa de Rubiales deberá enfrentarse al tipo penal del artículo 178.4 en el que la agresión se pena con entre uno y dos años de prisión, Rubiales nunca entraría en la cárcel al no tener antecedentes, o multa de 18 a 24 meses.
No obstante, si el tribunal interpretara que ese gesto de las manos sumado a la posición dominante (Rubiales es el jefe de Jenni Hermoso) fuera violencia o intimidación, el todavía presidente de la RFEF podría enfrentarse a una pena de entre uno y cinco años. “La defensa seguro que buscará que sea una multa”, explica la profesora de la Universidad San Pablo-CEU.
Los engranajes de la Justicia ya están en marcha. La Fiscalía pedirá a la Audiencia Nacional, la encargada de instruir la causa ya que el delito se produjo entre dos españoles en país extranjero, si el hecho también se considera delito en Australia, condición sine qua non para perseguir el hecho en España.
De ser así, la defensa de Rubiales se enfrentaría a otro problema importante y es que al ser competente la Audiencia Nacional y no un juzgado de instrucción normal, tendrán mínimo una instancia menos en el caso de que deban recurrir la sentencia si no fuera favorable a sus intereses.
Los vídeos durante y post celebración y los peritos serán clave en la instrucción del caso. La defensa deberá intentar demostrar que la pregunta del “piquito” salió de la boca de Rubiales y de que Jenny consintió de alguna manera porque, como dice Fuster-Fabra, “esta causa no tiene ninguna posibilidad de archivarse”.