Los insultos "racistas" y "gravemente vejatorios" que Vinicius recibió de forma reiterada en el estadio palmesano de Son Moix, proferidos desde la grada por un joven aficionado mallorquín de 22 años, "afectaron a su integridad y a su dignidad". Y por tanto constituyeron delito.
Además, y a pesar de las coartadas iniciales que esgrimió el autor de los insultos, fueron dirigidos contra el jugador del Real Madrid "por motivo del color de su piel negro". Y no por su actuación dentro del terreno de juego, como llegó a alegar el acusado, que le llamó "puto mono" en varias ocasiones a gritos, siendo sus improperios captados por las cámaras de televisión y luego ampliamente difundidos.
Así lo concluye de forma literal y expresa la sentencia recién dictada por el Juzgado de Instrucción número 3 de Palma que condena al autor de los insultos racistas, S. E., a una pena de un año de prisión.
La resolución judicial, a la que ha tenido acceso EL MUNDO, castiga al autor de los insultos por dos delitos contra la integridad moral con el agravante de motivación racista. No le impone indemnización, ya que el jugador de fútbol renunció expresamente a ella.
La magistrada Carmen Caminals no sólo le condena por los hechos cometidos el 5 de febrero de 2023 contra el extremo del club de fútbol madrileño durante el partido que el equipo merengue disputó contra el RCD Mallorca, que colaboró desde el primer momento con las autoridades policiales.
Sino que también le condena por la actitud reincidente del mismo sujeto, que apenas trece días después, el 18 de febrero, en otro partido de Liga, insultó también al jugador del Villarreal Samu Chukweze, al que llamó "negro de mierda" y "puto negro" y contra el que realizó "gestos racistas", según considera acreditado la sentencia.
El joven, que no tenía antecedentes antideportivos, se derrumbó en su declaración judicial, mostrándose arrepentido y envió incluso una carta al jugador del Real Madrid pidiendo disculpas. Cuando declaró ante la juez llegó a decir que siente admiración hacia el futbolista brasileño y negó ser racista, atribuyéndolo al contexto del estadio.
La pena de cárcel no implica cumplimiento obligatorio al ser el castigo menor de dos años. La propia sentencia, que es ya firme y no será recurrida, recoge la suspensión de la condena siempre que el acusado no se aproxime a menos de 50 metros de un estadio durante tres años y "realice un curso en materia de igualdad y no discriminación".