En el año transcurrido desde su retirada, ha visto fracasar a la Copa Davis y que se abran frentes judiciales en la Supercopa / La Kings League, pendiente de su evolución y expansión en América
Gerard Piqué.Daniel GonzalezLa Otra Cronica
El año justo transcurrido desde que Gerard Piqué se retiró del fútbol para dedicarse por entero a la actividad empresarial no ha sido del todo exitoso, además de los costes personales por su divorcio de la cantante Shakira, anunciado unos meses antes
Hazte Premium desde 1€ el primer mes
Aprovecha esta oferta por tiempo limitado y accede a todo el contenido web
El Nástic de Tarragona ha interpuesto una querella contra el colegiado que le arbitró en su playoff' de ascenso a Segunda División, al que acusa de amañar el encuentro de vuelta en su contra. El conjunto catalán sostiene en su denuncia que el árbitro "falseó" el acta del partido que disputó contra el Málaga, C.F., el pasado 22 de junio, en el que estaba en juego el ascenso de categoría, y que adoptó un sinfín de decisiones para favorecer a su rival, que acabó ascendiendo tras marcar al final de la prórroga.
En dicho encuentro, que finalizó con empate a dos, a juicio del Nástic "se produjeron incidencias de gravedad" tales como la "falsedad en el acta arbitral". "Al finalizar el partido, el árbitro, Eder Mallo Fernández, confeccionó el acta correspondiente" y "en la misma se indica que finalizado el tiempo reglamentario fue precisa la realización de la prórroga reglamentaria para resolver cuál de las dos escuadras ascendía de categoría", explica la denuncia a la que ha tenido acceso EL MUNDO. En el mismo documento, el colegiado señaló que tuvo que acceder a los vestuarios "gracias a la ayuda de la fuerza pública" y añadió que llegó a temer por su "integridad física". Estos incidentes motivaron una sanción de cuatro partidos para el equipo tarraconense.
La querella contrapone el acta arbitral con el informe que elaboraron los Mossos d'Esquadra ese mismo día, en el que se concluye que "en ningún momento se vio comprometida la integridad física de los árbitros ya que su vestuario se encuentra en un pasillo de acceso restringido con vigilantes de seguridad". Pero es que, además, el Nástic aporta al juzgado un informe elaborado por la agencia de detectives Francisco Marco & Co, en el que figura una conversación mantenida por el árbitro con los detectives en la que "desmiente su propia acta arbitral".
Cena privada
De manera paralela, el Nástic arguye que el colegiado "predeterminó y alteró el resultado" del encuentro. Para justificar este apartado, el club esgrime de nuevo un informe de la referida agencia de investigación privada, que señala cómo "en una cena previa a la celebración del partido, determinadas autoridades de Andalucía y de la ciudad de Málaga que se habían trasladado a Tarragona manifestaron que tenían el partido controlado y que lo único que les preocupaba era la reacción del público". Para ello aluden al testimonio de la dueña del restaurante al que acudieron.
También refieren los detectives en su informe el testimonio de los camareros de un bar al que supuestamente acudió el colegiado la noche anterior, el Sports Legends Tavern de Salou. Uno de estos empleados sostiene que el árbitro llegó a asegurar que le tenía "la matrícula tomada" al número tres del Nástic, que resultó finalmente expulsado en el minuto 63 del partido. A su vez los detectives recogen que el árbitro se dedicó a pronunciarse de forma despectiva sobre la ciudad de Tarragona.
Junto al informe de los detectives, el Nástic aporta otro más, esta vez del ex colegiado Xavier Estrada Fernández, célebre durante los últimos tiempos por denunciar el caso Negreira. Este ex árbitro de Primera División sostiene que el colegiado adoptó decisiones "inexplicables desde un punto de vista reglamentario". Como ejemplo pone que los jugadores del equipo catalán "recibieron cinco tarjetas amarillas y una roja por ninguna de los jugadores del Málaga". Al tiempo que señala "más de 13 errores arbitrales flagrantes" y "un patrón de favoritismo que se va acrecentando a medida que el resultado del partido es desfavorable al ascenso del Málaga".
Por todo ello, el Nástic considera que sufrió un perjuicio económico de 47.964 euros y reclama 5,4 millones en concepto de lucro cesante al tiempo que atribuye al colegiado un delito de corrupción deportiva.
El entrenador del Real Madrid, Carlo Ancelotti, ha entregado al tribunal que le juzga por dos delitos fiscales un peritaje, al que ha tenido acceso EL MUNDO, que concluye que está siendo víctima de «un juicio completamente sesgado, capcioso e interesado» por parte de la Agencia Tributaria.
Entre los muchos elementos que discute la defensa de Ancelotti al Fisco se halla también la valoración que hace la Hacienda pública de la entrega de un reloj de alta gama al entrenador en el marco de un acuerdo comercial.
Así, Hacienda considera que se incrementó la base imponible del entrenador en 2015 al serle regalado por la firma Cecil Purnell un reloj que valoraba en 250.000 francos suizos -unos 260.000 euros-. El técnico italiano ha encargado un peritaje del reloj a la joyería Chocrón, que estima que el valor real de ese artículo de lujo se sitúa entre 25.000 y 30.000 euros.
El fiscalista que ha elaborado el dictamen técnico de la defensa del italiano, Manuel de Vicente-Tutor, concluye, basándose en ese caso y en muchas otras circunstancias, que las reclamaciones tributarias a Ancelotti nunca debían haberse canalizado a través de la vía penal y que, en todo caso, se deberían haber sustanciado en la contencioso-administrativa.
En lo que respecta al ejercicio 2015, el perito de Ancelotti combate frontalmente la postura del Fisco de que era residente fiscal en España y arguye que lo fue en Reino Unido. «Las autoridades fiscales británicas han confirmado tajantemente la validez de su certificado de residencia, por lo que no habría defraudado cantidad alguna». De ahí que reduzca la cuestión a un simple «conflicto de doble residencia entre España y Reino Unido» que «debe resolverse según las reglas contenidas en el Convenio de Doble Imposición».
Ancelotti, a su llegada a los juzgados.JJ GuillenEFE
También rebate De Vicente-Tutor «la incorrecta calificación jurídica» que la Agencia Tributaria «ha realizado de la renta pagada por el Real Madrid por la cesión de la explotación de los derechos de imagen» y defiende que, en ningún caso, se cometió un delito.
«La existencia de un delito fiscal exige, además de la concurrencia de requisitos de carácter objetivo -perjuicio patrimonial a la Hacienda pública en cuantía superior a 120.000 euros- otros requisitos de carácter subjetivo, 'el ánimo de defraudar' al que es inherente el dolo». Por lo que «quedan despenalizadas aquellas omisiones de pago de deudas tributarias que, aunque superen el umbral legal, no sean dolosas».
No en vano, el perito destaca que el Real Madrid tiene una «experiencia probada en la celebración de este tipo de contratos de cesión de explotación de derechos de imagen» y se trata, por lo tanto, de «una obligación autónoma del Real Madrid el ingresar las retenciones correspondientes a los pagos que realiza». «La diferencia entre lo retenido por el Real Madrid y lo que efectivamente debió retener [...] es un incumplimiento de las obligaciones tributarias que únicamente incumbían al club».
No obstante, la defensa de Ancelotti considera que «los razonamientos» expuestos tanto por su parte como por el Fisco «se encuentran lejos de una interpretación irracional». «Ambas son posiciones que encuentran su fundamento en la ley y la jurisprudencia, por lo que, en todo caso, la disputa debería dirimirse en la vía contencioso-administrativa por tratarse de un contencioso tributario y no de una defraudación tributaria».