Tribunales
“La denunciante se ubica de espaldas al denunciado contorneándose y rozando los glúteos en movimiento con la zona pélvica del denunciado al ritmo de la música”, señalan los abogados del jugador
El Juzgado de Instrucción número 15 de Barcelona rechazó hace una semana la petición del jugador de fútbol Dani Alves de salir de prisión provisional en la que permanece desde finales de enero acusado de violar a una mujer de 23 años en los lavabos de la discoteca Sutton de Barcelona. Los letrados del brasileño han presentado ante la Audiencia de Barcelona un recurso contra la resolución judicial en la que mantienen la línea de defensa de que las relaciones fueron consentidas, tal y como Alves declaró en su última comparecencia ante la juez en la que fue su cuarta versión diferente.
En concreto, el recurso se fundamenta en el informe de más de 200 páginas aportado por los abogados al procedimiento en el que se analizan las cámaras de seguridad y otras imágenes de la discoteca la madrugada del 31 de diciembre pasado cuando tuvo lugar la relación entre el jugador y la víctima. Para la defensa, este informe cuestiona la versión de la víctima tanto en los momentos previos a que entrase en el baño con Alves como en los posteriores, por lo que puede “distorsionar” lo “acontecido en la soledad de la pareja en aquel minúsculo lavabo” en la que “sencillamente chocan dos versiones contradictorias (la palabra del uno contra la del otro)”.
Así, acusan a la víctima de “muchas incoherencias, inconsistencias y mendacidades absolutamente radicales (de raíz), según queda al alcance del puro contraste desapasionado de imágenes y relato de los momentos preambulares”. “La denunciante construye un relato que precisó de tejer una explicación de por qué una mujer adulta entra voluntariamente en un lavabo con un hombre adulto. Una vez arrancado el protocolo de abuso por la discoteca Sutton, por demás sin el decidido impulso de la predicada víctima, y más bien arrastrada por una precipitación de acontecimientos a partir de un llanto que no necesariamente deriva de un acto sexual inconsentido (se nos ocurren mil razones distintas a la agresión para que una mujer joven de 23 años que ha realizado sexo con un varón de 40 en un lavabo estalle en llanto), la denunciante huye hacia adelante y se ve precisada guionizar un relato de alteración de su voluntad, pues trata de justificar por qué y para qué entra en un lavabo con un varón”, señala el recurso.
Así, remarcan que las imágenes no cuadran con la declaración de la víctima quien en el juzgado aseguró sentir “miedo” ya que “al no acudir a hablar con él pudiera meterme algo en la bebida tanto a mis amigas como a mí. Y lo que más miedo me daba en este momento era que al salir o al irme de esta zona que él me pudiera coger en su coche, me puse en la peor película de todas, sin pensar en esto que me hubiera pasado. Recuerdo que acudí porque me sentía muy intimidada, muy acosada”. En este sentido, señalan que en “los 20 largos minutos en que el grupo se relaciona antes de acudir la pareja al lavabo y que distan en patentizar un microcosmos de pánico terror y dominación anulatorio de la voluntad y más bien muestran a dos adultos desarrollando un juego erótico de seducción preambular a un coito”.
Además, la defensa de Alves indica en su recurso que en las imágenes “se observa en la denunciante una conducta abiertamente sexualizada, propia de un galanteo sexual en fase de cortejo. No es preciso que entremos en su descripción detallada. Determinados movimientos corporales de la denunciante son concluyentes. Nada parangonable a un pavor por intimidación ambiental, ni nada que permita pensar que quien así se desenvuelve tenga su voluntad y consentimientos alterados por miedo”. Insisten en que antes de entrar en el lavabo hubo “un acercamiento físico entre ellos de especial intensidad con movimientos muy sexualizados por parte de la denunciante”.
La defensa mantiene que Alves entró en el lavabo y dos minutos después fue ella, aunque antes estuvo hablando con sus amigas y con un camarero. Por eso creen que “si en algún momento sintió desconcierto y desasosiego, durante 2 minutos tuvo a sus amigas de confianza para desasirse de esa alteración en el ánimo. Ms bien parece que deciden de común acuerdo y que “consultó” con sus amigas la conveniencia de encerrarse en el lavabo”. Pese a esto, la acusación particular, que representa a la víctima, remarca que no transcurrió ese lapso de tiempo y que la ella no sabía dónde conducía la puerta a la que el jugador la invitaba a entrar.
Para los abogados de Alves los dos coquetearon en el reservado de la discoteca “con normalidad y todo apunta que pactando continuar en el lavabo aquel estallido de lujuria”. El recurso también cuestiona la declaración de las amigas de la víctima y las numerosas pruebas, como el informe médico o las huellas encontradas en el lavabo, aportadas al procedimiento al considerar que “corroboran” que la relación fue consentida.
También rechaza que existe riesgo de fuga ya que el jugador tiene “su proyecto de vida en Barcelona, la familia siempre quiso que sus hijos recibieran la educación universitaria en España. La terrible situación familiar que ahora viven no ha alterado ese proyecto”. Así insisten en que los dos “han quedado empadronados en la casa familiar” de Esplugues de Llobregat. También recuerdan que Alves acudió desde México a declarar por voluntad propia y que es falso que haya iniciado los trámites de divorcio de su esposa Joana Sanz, como así ha podido corroborar este medio.