El Tribunal Supremo ha absuelto de manera definitiva a Neymar y a los exdirectivos del FC Barcelona que le ficharon en 2013. Ambas partes estaban acusadas de los delitos de corrupción en los negocios y estafa impropia en la modalidad de contrato simulado. Finalmente, la gran sala ha resuelto en el mismo sentido que la Audiencia Provincial de Barcelona.
La sentencia recoge en sus hechos probados que la mercantil DIS, que fue la querellante, “adquirió en fecha 6 de marzo de 2009 los derechos económicos derivados de los derechos federativos del jugador de fútbol profesional Neymar Da Silva Santos Júnior, que en ese momento pertenecía a la plantilla del Santos Futebol Clube. A cambio de la adquisición de esos derechos, DIS le pagó cinco millones de reales brasileños”.
Posteriormente, el Barça firmó un pacto con el jugador para que cuando quedara libre firmara por ellos y abonó una cantidad sobre la que la querellante entiende que hubo fraude porque debió estar integrada en sus derechos económicos a percibir como indemnización. No obstante, el club adelantó su fichaje a 2013 y mantuvo que no sólo pagó el pertinente traspaso sino también la parte que correspondía a DIS, que se cifra en 6,8 millones de euros.
Para el alto Tribunal la clave es que ser titular del 40% de los derechos económicos del jugador no te convierte en el de los derechos federativos, que son los que permiten que el jugador pueda fichar por otro club. Eso se produce, según normativa FIFA, en el momento del transfer, que es cuando ambas entidades se ponen de acuerdo para el traspaso.
La sentencia, por tanto, descarta que existiera una simulación contractual o un soborno encubierto. Para los magistrados, no hay pruebas de que las partes actuaran con mala fe para defraudar a DIS. De hecho, interpretan que los acuerdos eran reales y que perseguían un objetivo deportivo legítimo: garantizar el fichaje del futbolista brasileño antes de otros clubes europeos.








