La Audiencia de Barcelona ha condenado a Dani Alves a 4 años y medio de cárcel por agresión sexual a una joven de 23 años en el baño de la discoteca Sutton de Barcelona la noche del 30 de diciembre de 2022.
El tribunal considera probado que “el acusado cogió bruscamente a la denunciante, la tiró al suelo y evitando que pudiera moverse la penetró vaginalmente, pese a que la denunciante decía que no, que se quería ir”. Y entiende que “con ello se cumple el tipo de ausencia de consentimiento, con uso de la violencia, y con acceso carnal”.
La Fiscalía había reclamado una condena de 9 años de cárcel para Alves -el doble que la impuesta- y la acusación particular, que ejerce la denunciante, elevó la petición a 12, el máximo que contempla la ley. Finalmente, la pena es de 4 años y medio al verse beneficiado por el primer redactado de la ley del solo ‘sí es sí’ del Gobierno del PSOE y Unidas Podemos, que rebajaba de 6 a 4 años la pena mínima por agresión sexual.
En concreto, para fijar la condena a Alves, la sección 21 de la Audiencia de Barcelona se basa en el marco punitivo más favorable para el acusado: los artículos 178 y 179 del Código Penal, de acuerdo con el redactado inicial de la ley del solo ‘sí es sí’ del Gobierno, antes de que el PSOE pactara con el PP reformarla para volver a situar el mínimo en 6 años, como estaba antes en el Código Penal.
Sin embargo, como Alves cometió la violación en el periodo en que la pena mínima eran 4 años -el 30 de diciembre de 2022-, el tribunal está obligado a imponer la pena “más favorable” al acusado, como dejan constancia en la sentencia.
En concreto, los magistrados resaltan en el fallo que el ex futbolista se ha beneficiado de la ley del ‘solo sí es sí’ ya que la nueva legislación ha establecido “un marco punitivo más amplio pero un límite inferior más bajo”. De esta manera el tribunal justifica que la norma fija que “cuando concurra sólo una circunstancia atenuante, aplicarán la pena en la mitad inferior de la que fije la ley para el delito”, y de ahí que “deba imponer la pena, necesariamente, de entre 4 y 8 años de prisión”.
En este sentido, la Audiencia de Barcelona considera al ex futbolista culpable de violación, pero le aplica un atenuante por reparación del daño.
Los magistrados consideran que, aunque Alves estaba obligado a depositar una fianza de esta misma cantidad (150.000 euros) “el hecho de que haya indicado que solicita que esta cantidad le sea entregada a la víctima con independencia del resultado del juicio, expresa una voluntad reparadora que tiene que ser contemplada como un atenuante“.
El tribunal ha comunicado la sentencia este jueves a todas las partes de la causa y al propio jugador, que ha sido trasladado de prisión de Brians para recibir la sentencia. El fallo aún no es firme y se puede recurrir, algo que la defensa del brasileño ya ha avanzado que hará.
El consentimiento, en el centro
En la sentencia, eso sí, los magistrados se detienen en el consentimiento -punto neurálgico de la ley del ‘sólo sí es sí’ y del caso Alves- y en su argumentación: “El consentimiento no solamente puede ser revocado en cualquier momento, sino que también es preciso que se preste el consentimiento para cada una de las variedades sexuales dentro de un encuentro sexual”. También hemos dicho en las líneas precedentes que el consentimiento no solamente puede ser revocado en cualquier momento, sino que también es preciso que se preste el consentimiento para cada una de las variedades sexuales dentro de un encuentro sexual y no consta que al menos en lo que se refiere a la penetración vaginal, la denunciante prestase su consentimiento, y no solo eso, sino que además el acusado sometió la voluntad de la víctima con uso de la violencia”.
Los magistrados han descartado el atenuante de embriaguez, puesto que no quedó acreditado que “el consumo de alcohol” afectara sus capacidades a lo largo de la vista oral celebrada entre el 5 y el 7 de febrero.
Multa de 9.000 euros
La sentencia también estipula que, una vez salga de prisión, Alves deberá pasar cinco años en libertad vigilada, le impone una orden de alejamiento de la denunciante durante nueve años y medio y fija la mencionada indemnización con 150.000 euros por daños morales, una cantidad que el jugador ya depositó antes del juicio. El fallo le atribuye también un delito leve de lesiones, por las que el tribunal lo ha multado con 9.000 euros.
El juicio empezó hace justo dos semanas, el lunes 5 de febrero, y quedó visto para sentencia el miércoles 7 con Alves sentado en el banquillo tras un año en prisión preventiva. Por la Audiencia de Barcelona testificaron la víctima, dos amigas suyas presentes esa noche en Sutton, la mujer del ex futbolista, Joana Sanz, varios amigos del brasileño, agentes de los Mossos d’Esquadra, médicos y personal sanitario del Hospital Clínic y el propio Alves, quien declaró en último lugar.
El caso se remonta a la noche del viernes 30 de diciembre de 2022. Alves se encontraba de vacaciones en Barcelona antes de reincorporarse a los Pumas de México y tras haber disputado el Mundial. Pasadas las 2:30 horas de la madrugada, acudió al reservado de la discoteca junto a un amigo y ocuparon la mesa 6, la única que da acceso exclusivo a la denominada Suite, una zona con un pequeño aseo, una sala con sofá, un televisor y una nevera. Allí, en el reservado, coincidieron con la joven y otras dos chicas.
Tras invitarlas a beber durante una hora, el ex lateral de la selección brasileña habría insistido a la joven para entrar en la zona exclusiva donde estaba el pequeño lavabo, que ella desconocía. En ese baño, según la Fiscalía, Alves habría mostrado una “actitud violenta” hacia la mujer, a la que agredió y forzó a mantener relaciones sexuales, pese a su resistencia.
En su declaración el pasado 5 de febrero ante el tribunal, la denunciante ratificó que Dani Alves la violó la noche del 30 de enero de 2022 en un baño reservado de la discoteca Sutton de la capital catalana.
Un relato avalado por la fiscal – “[La víctima] no pudo confundirse, es imposible”, aseguró en su informe final- , por dos testigos que declararon a lo largo de la vista, varios mossos, personal del local y profesionales del Hospital Clínic. “[La víctima] me dijo que le había hecho mucho daño y que se había corrido dentro” nada más salir del aseo, aseguraron ambas testigos, presentes esa noche en Sutton.
La amiga de la denunciante también recordó cómo ella y su prima la alentaron a presentar una denuncia: “Le dijimos que tenía que denunciar esto. Ella sólo decía ‘se van a pensar que esto lo hago por dinero’. Yo intentaba calmarla en todo momento porque ella se quería ir a casa. ‘No me van a creer’, repetía”.
“Hubo violencia y desprecio a la víctima”, sostuvo la fiscal tras desmontar la versión de Alves con sus conclusiones. “Sinceramente, pienso que toda esta batería de versiones que ha dado es porque inicialmente se consideraba totalmente impune. Vino al juzgado de instrucción soberanamente tranquilo”, subrayó el Ministerio Público en el informe final expuesto el 7 de febrero.
Todo después de que Alves negara la violación en los baños de la discoteca Sutton y asegurara que las relaciones fueron consentidas.
La Fiscalía mantuvo la petición de 9 años de cárcel, que la defensa de la denunciante elevó hasta los 12, la pena máxima.
El ex futbolista, por su parte, reclamó la absolución y su puesta en libertad, aunque planteó como alternativa una condena de un año de cárcel -el periodo que lleva en prisión preventiva- y 50.000 euros de indemnización.