La Audiencia Nacional reconoce una indemnización de 232.500 euros al ex presidente del FC Barcelona Sandro Rosell por los 645 días que pasó en prisión provisional

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La Audiencia Nacional ha establecido que el expresidente del F.C. Barcelona Sandro Rosell debe ser indemnizado con 232.500 euros por los 645 días que pasó en prisión provisional, entre mayo de 2017 y febrero de 2019, acusado de organización criminal y blanqueo de capitales de comisiones de partidos de la selección brasileña y de un contrato con una marca deportiva, procedimiento judicial del que resultó absuelto.

Rosell había solicitado una indemnización del Estado de 29,7 millones de euros por los perjuicios causados por la prisión provisional, tanto morales como económicos derivados de la obligación de abandonar sus negocios durante ese tiempo, los gatos de su defensa legal y los costes de los desplazamientos de sus familiares a la cárcel para visitarlo.

En su sentencia, los magistrados de la Sección Tercera de lo Contencioso-Administrativo estiman parcialmente la reclamación de Rosell contra la negativa del Ministerio de Justicia a su reclamación, que se solicitó al amparo del artículo 294 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (responsabilidad patrimonial de la Administración de Justicia). La Abogacía del Estado, por su parte, se había opuesto a la demanda.

La Sala cuantifica la indemnización a Rosell en 50.000 euros por el daño moral; 120.000 euros por lucro cesante por la rescisión de un contrato con la auditora E&Y y otros 62.500 euros por los gastos de desplazamientos de familiares para visitarle en el centro penitenciario, lo que hace un total de 232.500 euros.

En su resolución, los magistrados examinan la doctrina en esta materia tanto del Tribunal Supremo como del Constitucional y del Tribunal Europeo de Derechos Humanos y señalan que corresponde a la parte demandante acreditar los daños y perjuicios causados por la prisión provisional, de tal forma que recae sobre aquella la obligación de aportar los datos y circunstancias que deben servir para determinar los daños efectivamente causados.

En su demanda, Rosell detallaba la indemnización que solicitaba: perjuicio reputacional (405.000 €); perjuicio afectivo (320.000); perjuicios psicológicos (200.000 €); lucro cesante por rescisión de contratos con E&Y (300.000 €); y con AZF (27.762.950 €); gastos de defensa legal (668.904,95 €); gastos de desplazamiento de familiares (62.950 €); y, por último, gastos financieros (34.660,07 €).

La Sala analiza una a una las demandas del ex presidente del FC Barcelona y señala, respecto al perjuicio reputacional, que está reclamación está avalada por una prueba pericial que, sin embargo, no puede ser acogida por cuanto no atiende a un gasto efectivamente realizado, sino a unos hipotéticos gastos que hubieran debido hacerse para contrarrestar la campaña de descrédito sufrida por el interesado, por lo que no son daños efectivos.

kpd